En caso de presentar la Declaración Jurada fuera del plazo establecido por la Administración y determinar un saldo de tributo por regularizar, consigne el monto de los intereses moratorios correspondientes, calculados desde el día siguiente al de vencimiento del plazo hasta la fecha de pago inclusive, conforme a lo establecido en el artículo 33º del TUO del Código Tributario.
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