Casilla 128 FORMULARIO 710

Ingrese el detalle de los pagos a cuenta mensuales correspondientes al ejercicio 2022 que hubiera realizado, indicando en cada mes si se utilizó saldo a favor del ejercicio anterior y/o se compensó con el Saldo a Favor Materia de Beneficio (generado por los contribuyentes que desarrollan actividades de exportación) y/o se compensó con el ITAN y/o se compensó de acuerdo a la Ley N° 28843 (Ley que precisa la aplicación de la normas de ajuste por inflación del Balance General con incidencia tributaria en periodos deflacionarios) y/o se utilizó otros créditos y/o se canceló en efectivo o cheque (monto pagado). 


Deberá ingresar los importes a valores históricos, sin incluir intereses moratorios, y considerando no el período tributario, sino el mes en que se efectuó el pago o compensación. Los montos compensados mediante el Formulario Virtual N° 1648, utilizando los créditos por pagos indebidos y/o en exceso, 




percepciones del IGV y retenciones del IGV se deben consignar en la columna “monto pagado”, siempre que se le haya notificado la Resolución de Intendencia que declara procedente la compensación contra el pago a cuenta.

Considere como mes de pago el mes en que coexiste el crédito con el Impuesto extinguido.

Por ejemplo, si se tiene un crédito por retenciones del IGV del periodo 04/2022 que es solicitado para compensar contra el pago a cuenta de 05/2022 (cuya fecha de vencimiento es el 16.06.2022), y la Resolución de Intendencia procedente es notificada el 15 de setiembre del 2022, debe considerar el mes de junio del 2022 como mes de pago, ya que es el mes en que coexiste el crédito con la deuda.

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