Teorías de la rentas


Renta-Producto
La renta-producto hace referencia a que la renta proviene de una fuente durable y que es periódica. En otras palabras, se quiere representar que el pago de la renta deviene de los ingresos que tiene la persona en un espacio de tiempo determinado proveniente de una labor, actividad o acción que sea capaz de generar ingresos. Ejemplo de esta teoría son: El ingreso que genera renta por el trabajo de docente universitario por el hecho de explotar su fuente durable consistente en difundir sus conocimientos, los cuales serán reconocidos al momento de ser remunerado, y por lo cual, si supera el monto mínimo  y no esta acogido a la suspensión de renta, debe pagar el impuesto que señala la norma.
Entre otros aspectos debemos tener presente el espacio de tiempo por el cual el trabajador recibirá una remuneración., verificándolo a través del contrato de trabajo.
Otro ejemplo lo constituye, la renta generada por los alquileres. En este caso se firma un contrato en el que se señala el espacio de tiempo que será arrendado determinado bien y también se fija la contraprestación que se realizará en favor del  propietario del bien. Este hecho genera renta de primera categoría por lo cual el propietario debe pagar el impuesto a la renta.


Flujo de Riqueza
Esta teoría del impuesto a la renta, además de considerar a la Renta Producto, también toma en cuenta a los demás ingresos que se obtiene por diferentes circunstancias, que pueden ser eventuales, pero tienen que ser declarados pues está denotando generación de riqueza, por tanto, estaría dentro de los parámetros fijados por el impuesto a la renta.
Ejemplo de esta teoría es cuando una persona enajena un bien inmueble una vez en un ejercicio gravable, por lo cual, debe pagar renta de segunda categoría, considerando que es un ingreso que podría considerarse eventual pero que merece ser considerado como renta a través de esta teoría.
Constituye también Flujo de riqueza cuando existe una persona que se gana la lotería, lo cual se asume que producirá un incremento patrimonial en las cuentas de la persona, situación a la que es aplicable esta teoría dado que es considerado como un ingreso eventual o circunstancial que debe ser declarado y pagado dentro de los límites correspondientes.
Incremento Patrimonial
Esta teoría considera los ingresos que ha podido tener una persona a través de las presunciones y otras verificaciones que puede efectuar la Administración Tributaria. Un caso común lo constituye cuando la Sunat efectúa las fiscalizaciones donde finalizado esta puede emitir diferentes valores, los que determinan pagar tributos que han sido omitidos por ingresos que no han sido sustentados. Es lo que comúnmente se denomina presunciones los cuales son recogidos por esta teoría y por lo cual se justifica el pago del impuesto a la Renta.


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