Gastos en hoteles, restaurantes y bares servirán a trabajadores para reducir pago de impuestos

El día sábado 3 de noviembre de 2018, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 248-2018-EF mediante el cual se modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto ala Renta.

Las principales modificaciones son: 
1.- Modificación de la redacción  del inciso a) del artículo 26°-A del Reglamento como  por la derogación del inciso b) del artículo 46° de la Ley del Impuesto a la Renta- gastos por intereses hipotecarios ya no deducibles a partir del 1.1.2019.

2.- Deducción de todos los gastos sustentados en recibos por honorarios de profesiones, artes, ciencias, oficios y actividades que califiquen como rentas de cuarta categoría.

3.- Nuevo gasto deducible: Servicios de alojamiento y servicios de comidas y bebidas. Límite del 15% de la contraprestación.

CIIU      CIIU - SUNAT      CIIU - INEI

4.- Supuestos de excepción para el uso de medios de pago por importe menor a S/ 3,500 Soles o $1,000 Dólares.

Gestión
Comercio

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