Casilla 108 - FORMULARIO 710

Casilla 108: Pérdida tributaria compensable de ejercicios anteriores 


Esta casilla contiene un asistente que se desplegará al dar “clic” con el mouse en la casilla. 

Para cada ejercicio en que hubiese obtenido pérdidas tributarias deberá consignar el importe total de la pérdida generada y el monto de dicha pérdida que está siendo utilizado (compensado) contra los resultados del presente ejercicio. 

Tenga en cuenta que el total de la columna de compensación de pérdidas no puede ser mayor al importe de la Renta neta del ejercicio (Casilla 106). 

Del mismo modo, en caso el resultado obtenido en el presente ejercicio fuese pérdida tributaria y no existiesen pérdidas arrastrables de ejercicios anteriores, deberá seleccionar la opción de sistema de arrastre de pérdidas "A" o "B", que aplicará a partir del ejercicio siguiente (2020). Si no ejerce la opción, se considerará que ha elegido el sistema "A". 


Casilla 108: el sistema valida si la Casilla 106 del FV 710 < o = Cero (0); se debe mostrar cero (0) en la Casilla 108 y mostrar el siguiente mensaje cuando se presione la tecla “Aceptar”: “La Compensación de Pérdidas debe ser menor a la Casilla 106”

Caso Practico

Grupo Meid tiene una utilidad de S/10,000, una perdida del 2018 por S/8,500 y una perdida del 2017 por S/ 6,500.







¿Se puede ingresar por el total de la perdida?

La compensación de pérdidas no puede ser mayor al importe de la Renta neta del ejercicio (Casilla 106). 



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