Límite para la excepción y suspensión de renta de 4ta Categoría 2022

El 31 de diciembre del 2021 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 203-2021/SUNAT, la cual aprobó las normas relativas a la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuentas y la suspensión  de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuentas, respecto del impuesto a la renta de cuarta categoría correspondiente al ejercicio 2022.

No están obligados a efectuar pagos a cuentas

Los contribuyentes que durante el 2022 los ingresos obtenidos en el mes no excedan los S/ 3,354.00 ó S/ 2,683.00.

El límite de los S/ 2,683.00 es solo para las rentas de cuarta categoría obtenidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario y similares.

¿Quiénes puedes solicitar la suspensión?

Tienes derecho a solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos en el año no superarán el monto de S/ 40,250.00 salvo, se trate de rentas de cuarta categoría obtenidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario y similares, en cuyo caso el monto que no se deberá superar será de S/ 32,200.00







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