Nuevos obligados a emitir comprobantes de pago electrónico a partir de agosto 2018
En el marco del proceso de masificación del uso de comprobantes electrónicos, a partir del 1º de agosto del 2018, los contribuyentes detallados en el Anexo N° 3 de la Resolución de Superintendencia N° 155-2017/SUNAT, han sido designados como emisores electrónicos de sus comprobantes de pago.
Entre las características de estos contribuyentes, se encuentran los que pertenecen principalmente al rubro de hoteles y restaurantes, así como los que hasta diciembre del 2016 registraron ingresos mayores o iguales a 150 UITs.
Como efecto principal de haber adquirido la condición de emisor designado por SUNAT, se tiene la obligación de emitir sus comprobantes de manera electrónica (boletas, facturas, notas de crédito y débito) y utilizar únicamente el formato preimpreso por situación de contingencia.
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