El registro de compras electrónico tiene cinco estados o indicadores que utilizaremos para calificar a una operación anotada.
Estado 0
Cuando la operación es optativa sin efecto en el IGV.
Estado 1
Cuando se anota el comprobante de pago o documento en el periodo que se emitió o que se pagó el impuesto.
Estado 6
Cuando la fecha de emisión del comprobante de pago o de pago del impuesto, por operaciones que otorguen derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce dentro de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto.
Estado 7
Cuando la fecha de emisión del comprobante de pago o pago del impuesto, por operaciones que otorgaban derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce luego de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto.
Estado 9
Cuando se realice un ajuste o rectificación en la anotación de la información de una operación registrada en un periodo anterior.
De los cinco estados disponibles para el registro de compras, solo uno de ellos se utiliza para realizar las correcciones antes posibles errores de anotación: estado 9.
Pero dicho estado se utiliza cuando vas a realizar un ajuste o rectificación de una operación ya anotada, no de una operación no anotada.
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